Insumos de contenido técnico ambiental, técnico jurídico y económicos para el proceso progresivo de reconversión de sitios de disposición final para su integración a la Economía Circular
1.- Antecedentes
Iniciativa Climática de México (ICM), organización de la sociedad civil mexicana sin fines de lucro especializada en temas de cambio climático, energía, política climática, agricultura y ecosistemas, tiene como misión catalizar la política climática internacional a nivel nacional y de ciudades para reducir las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero y para promover el crecimiento de bajo carbono en México.
Sabiendo que los rellenos sanitarios son una fuente importante de emisiones de gases de efecto invernadero, y que el biogás que se emite como resultado de la descomposición de los residuos está compuesto de dióxido de carbono (CO2) y metano (CH4). Varias investigaciones señalan que los rellenos sanitarios municipales se comportan como biorreactores impredecibles. Sin un adecuado manejo, vigilancia y control, se convierten en un riesgo de salud y seguridad pública. Por esto, se vuelve crucial contar con sistemas integrales de manejo que combinen la prevención, reúso y disposición final adecuados.
México genera más de 51 millones de toneladas anuales de residuos y se espera que este número alcance 65 millones para el año 2030, de los cuales se estima que el 40.15% representa la fracción orgánica según el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos 2026 (DBGIR) elaborado por la SEMARNAT. Asimismo, de acuerdo con la Contribución Nacionalmente Determinada (NDC por sus siglas en inglés) 3.0 de México, en 2024 el sector de residuos emitió el 9 % de las emisiones nacionales de Gases de Efecto Invernadero. Los sitios controlados, los no controlados y los tiraderos a cielo abierto concentran la mayor parte de las emisiones del sector, principalmente en forma de metano (CH₄).
En la NDC, el Eje B. Sistemas productivos resilientes y seguridad alimentaria en su estrategia B.2. indica que se deberán implementar acciones de valoración de residuos para la generación de biofertilizantes y energía, buscando la transición hacia una economía circular y resiliente en el sector. Además, a lo largo del documento se enlistan distintas acciones relacionadas con residuos.
Para el Sector industrial, en específico la industria cementera, se proponen como acciones:
3.4.1. Sustituir parcialmente el uso de carbón y coque de petróleo por combustibles derivados de residuos en la industria del cemento., y la
3.4.3. Promover el uso de materiales alternos en la cadena de valor de la industria, como los residuos de la construcción.
Posteriormente cuando se aborda el Sector residuos, las grandes líneas de acción no sólo buscan atender con tecnologías el tratamiento de los residuos; sino que pretenden la transición hacia la Economía Circular. Las líneas de acción referidas, son las siguientes:
5.1. Promover políticas e infraestructura que impulsen la transición hacia la economía circular para reducir la presión sobre los recursos naturales, mejorar la gestión de los residuos, evitar la contaminación y crear oportunidades económicas, con la participación de los diferentes sectores sociales, productivos y los tres órdenes de gobierno.
5.2. Impulsar la valorización y aprovechamiento de los residuos sólidos urbanos.
5.4. Promover cambios conductuales que reduzcan la generación de residuos y el desperdicio de alimentos.
5.5. Fomentar acciones para el tratamiento y aprovechamiento de residuos orgánicos mediante tecnologías sostenibles.
De manera puntual, se establece en la línea de acción 5.1.1. Publicar la Ley General de Economía Circular, con miras a transformar los patrones de producción y consumo hacia modelos de gestión circular, y fortalecer la responsabilidad extendida del productor. Dicha ley fue publicada y entró en vigor el 20 de enero de 2026, y en su artículo sexto transitorio establece que: A partir de la entrada en vigor de la presente Ley y dentro del plazo de cinco años con prórroga por acuerdo casuístico, los rellenos sanitarios autorizados iniciarán un proceso progresivo de reconversión para cumplir con las metas de reducción de la disposición final para promover su integración en el Modelo de Economía Circular Nacional. Asimismo, establece en el artículo 49.- En lo no previsto en esta Ley se aplicarán supletoriamente la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la normativa aplicable
Lo contemplado en el artículo sexto transitorio de la LGEC, es de especial importancia dado que, en la actualidad bajo el modelo de disposición final de los residuos, sólo 52 sitios, de los 2,250 identificados en el DBGIR 2026, cumplen con la actual NOM-083-SEMARNAT-2003.
Por todo lo anterior, y en el marco del Convenio de Colaboración firmado en febrero del 2025 entre la Iniciativa Climática de México y el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), se emite la presente convocatoria.
Es importante señalar que, de forma paralela a esta consultoría, se convoca a otra cuyo objetivo es la Elaboración de una Hoja de Ruta para el proceso progresivo de reconversión de rellenos sanitarios y/o sitios de disposición final para su integración en el Modelo de Economía Circular Nacional, que en ningún caso podrá ser llevada a cabo por los mismos consultores, sin embargo, habrá un seguimiento y coordinación paralela por parte de ICM y del equipo de la SEMARNAT asignado para ello.
- Descripción de la consultoría
- Objetivo general
El equipo consultor elaborará un documento técnico ambiental, técnico jurídico y económico que serán insumos para el para el proceso progresivo de reconversión de sitios de disposición final para su integración a la Economía Circular.
- Objetivos específicos.
b.1 El documento final toma en cuenta las metodologías y tecnología de vanguardia en materia de aprovechamiento de residuos para la Economía Circular.
b.2 Se identifican los actores involucrados para la implementación de la NOM
b.3 El documento plantea un proceso progresivo de reconversión para cumplir con las metas de reducción de la disposición final para promover su integración en el Modelo de Economía Circular Nacional.
b.4 El documento cumple con los preceptos establecidos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), la Ley General de Economía Circular (LGEC), la Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC), y demás instrumentos normativos aplicables.
b.5 Se cuenta con una batería de preguntas y respuestas que puedan surgir por la propuesta presentada.
- Tareas
De manera enunciativa, más no limitativa, se citan las siguientes:
c.1 Revisión de la normatividad vigente, de la información que proporcione la SEMARNAT, de la información nacional e internacional aplicable.
c.2 Diálogo interactivo y trabajo coordinado con los asesores de ICM, el equipo asignado por la SEMARNAT, así como el equipo consultor responsable de la elaboración de la Hoja de Ruta. Reuniones de coordinación, mayormente virtuales.
c.3 Elaboración de un mapa de actores nacionales involucrados en la aplicación de la norma.
c.4 Elaboración de una presentación para público en general, que explique la importancia del proceso progresivo de reconversión para cumplir con las metas de reducción de la disposición final para promover su integración en el Modelo de Economía Circular.
c.5 Elaboración de un resumen ejecutivo que contenga los alcances del proceso progresivo de reconversión y precise los mecanismos de inspección y vigilancia, así como los de evaluación de la conformidad.
c.6 Integración del documento final que será fuente para la toma de decisiones, que deberá considerar lo establecido en las leyes ambientales, y en la Ley de Infraestructura de la Calidad y su Reglamento, así como lo siguiente:
- La reconversión gradual a Centros de Economía Circular, y la consideración de los sitios de disposición final como última opción.
- Las condiciones de recepción, separación y destino en los sitios de los materiales valorizables y los residuos orgánicos, así como el contenido del reporte de la salida de los mismos, en caso de que sean enviados a otras instalaciones
- La generación de datos homologados para los diagnósticos, indicadores de desempeño y reporte únicos para proporcionar información operativa, ambiental y de circularidad comparable y válida para los tres órdenes de gobierno.
- La medición y monitoreo de emisiones de biogás y demás emisiones relevantes asociadas a la operación, clausura y postclausura, estableciendo indicadores de captación, quema y aprovechamiento (en especial del metano). Estos indicadores deberán ser diferenciados dependiendo de la categoría y riesgo del sitio.
- Productos a entregar
d.1 Plan de trabajo
d.2 Mapa de actores y presentación para el público en general
d.3 Borrador del documento final y batería de preguntas
d.4 Documento final y resumen ejecutivo
Todos los entregables deberán ser aprobados por los asesores de ICM y el equipo designado por la SEMARNAT.
- Período de contratación, cronograma de trabajo y periodicidad de pagos
Periodo de contratación: (Cuatro (4) meses) 15 de octubre 2026-15 de febrero
Mes | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | |||||||||||
Plan de trabajo | x |
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Mapa de actores y presentación | x | |||||||||||||||
Reuniones coordinación | x | x | x | x | x | x | x | |||||||||
Borrador documento y batería de preguntas | x | |||||||||||||||
Documento final y resumen ejecutivo | x | |||||||||||||||
- Experiencia del equipo de consultores.
El equipo de consultores al menos deberá estar integrado por 2 o 3 profesionales que cumplan por separado con:
3.1 Conocimientos requeridos
- Para el profesional técnico ambiental se requiere que sea ingeniero/a ambiental, civil, industrial, en desarrollo sustentable, biólogo/a u otro afín que compruebe la experiencia laboral requerida.
- Para el profesional técnico jurídico, se requiere un/a licenciado/a en Derecho, Políticas Públicas o afín que compruebe la experiencia laboral requerida.
- Para el 3er consultor, se requiere tener licenciatura en ingenierías o en derecho, con experiencia comprobable en procesos de elaboración de normas y evaluación de la conformidad.
3.2 Experiencia laboral
- Del profesional técnico ambiental
- Mínimo 10 años de experiencia demostrable en materia de gestión de residuos, reciclaje y economía circular.
- Experiencia en la función pública, iniciativa privada, o ambas.
- Del profesional técnico jurídico
- Mínimo 10 años de experiencia demostrable en las áreas de gestión ambiental y su aplicabilidad en los ámbitos federal, estatal y municipal.
- Conocimiento de la normalización, estandarización, acreditación, Evaluación de la Conformidad y metrología
- Del 3er consultor con experiencia en procesos de elaboración de normas y evaluación de la conformidad
- Mínimo 10 años de experiencia demostrable en procesos de normalización, estandarización, acreditación, Evaluación de la Conformidad y metrología.
3.3 Idiomas y otras habilidades
Los consultores deberán tener habilidades de comunicación y redacción de documentos, así como de trabajo en equipo.
- Solicitud de la oferta técnica y económica
4.1 Documentación para oferta técnica.
– La propuesta técnica deberá basarse en estos TdR, y explicará cuál será la metodología que se propone para el cumplimiento de los objetivos y la elaboración de entregables.
– Currícula del personal que trabajará en el proyecto
– La currícula de la empresa o el/la consultor/a deberá destacar la experiencia requerida.
– Se valorará la equidad de género.
4.2 Documentación para la oferta económica
– La constancia de situación fiscal
– La opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales (Formato 32-D)
– La propuesta económica deberá presentarse por costo de entregable
Esquema de pagos:
Entregable | % de pago |
Plan de trabajo | 10% |
Mapa de actores y Presentación | 30% |
Borrador documento y batería de preguntas. | 30% |
Documento final y resumen ejecutivo | 30% |
Todos los entregables deberán ser aprobados por los asesores de ICM y el equipo designado por la SEMARNAT para proceder con los pagos.
Esta convocatoria no discriminará a ninguna persona por motivos de edad, sexo, orientación sexual, origen (raza o etnia), estado civil, o capacidades físicas.
Las personas físicas o morales interesadas deberán enviar su propuesta técnica y económica a más tardar el Viernes 2 de Octubre de 2026 a los siguientes correos electrónicos, con el asunto del correo “Reconversión de SDF a la EC”:
sandra.herrera@iniciativaclimatica.org y samantha.lopez@iniciativaclimatica.org
Fecha límite para envío de CV o propuestas
06/08/2026
Ubicación
Remoto
Departamento
Política Energética